Funciones
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- Informar y asesorar al público sobre los procedimientos y requisitos
necesarios para la tramitación de denuncias y solicitudes, y en general
atender cualquier consulta relacionada con los servicios financieros y
bancarios.
- Recibir y sustanciar las denuncias o solicitudes,
requiriendo información a los bancos y otras entidades financieras y no
financieras.
- Remitir y solicitar la colaboración de otros
organismos que de acuerdo con la Ley que los regule, tengan competencia
para conocer las denuncias presentadas.
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Reseña Histórica
Se
atribuye a esta Superintendencia en el numeral 29 del artículo 235 de la
Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras la facultad de
recibir, tramitar y resolver los reclamos y denuncias que presenten los
consumidores de los servicios bancarios, motivo por el cual en el año
2002, fue creada el Área de Atención al Usuario, a los fines de atender
al usuario bancario. El Área
de Atención al Usuario de esta Superintendencia investiga todas las
denuncias presentadas contra los bancos, arrendadoras financieras,
fondos de mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, grupos
financieros, operadores cambiarios fronterizos y empresas emisoras y
operadores de tarjetas de crédito y demás empresas sometidas a su
control de acuerdo con el artículo 2 de la referida Ley; siempre y
cuando se trate de reclamos que involucren a los servicios financieros
entre los cuales podemos mencionar:
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Retiros no reconocidos en cuentas con tarjetas de débito.
Revisión de créditos de vehículos e hipotecarios.
Pago indebido de cheques.
Transacciones no reconocidas por Internet Banking.
Retiros no reconocidos con libretas.
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