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Carteras Dirigidas

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes deben cumplir con las Carteras Dirigidas?

Todas las Instituciones Financieras públicas y privadas (bancos universales, comerciales, de desarrollo, de inversión, hipotecarios, entre otros) supervisadas por la Sudeban y en conformidad con lo establecido en la Legislación Vigente.

¿En cuáles sectores productivos existen Carteras Dirigidas?

El marco legal vigente establece la existencia de cinco (05) Carteras Dirigidas:

1- Agrícola, Turismo, Microcrédito y Manufactura, supervisadas por la Sudeban.

2- Hipotecaria, supervisada por el BANAVIH.

¿Quiénes son beneficiarios de las Carteras Dirigidas supervisadas por SUDEBAN?

Productores agrícolas, industriales, microempresarios y prestadores de servicios turísticos con proyectos de instalación, operatividad, ampliación y/o renovación de su actividad.

¿A dónde deben dirigirse estos posibles beneficiarios

A las agencias y oficinas a nivel nacional de las instituciones bancarias. En caso de algún inconveniente, su denuncia puede ser tramitada a través del servicio de atención telefónica gratuito 0-800 SUDEBAN (7833226) de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. (exceptuando los días feriados).

Login    

Av. Francisco de Miranda, Urbanización La Carlota, Edificio SUDEBAN, Municipio Sucre del Estado Miranda, Apartado postal 6761, Código Postal 1071, Venezuela. Master: 280 69 33, Fax: 238 25 16. Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario © 2010