UNIF
Facultades de la UNIF:
Asegurar que los bancos, instituciones financieras y demás empresas reguladas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, tengan sistemas y procedimientos adecuados para evitar que sean utilizados para legitimar capitales provenientes de actividades ilícitas y asegurar la estabilidad e integridad del Sistema Financiero Nacional.
Recibir, complementar y analizar los Reportes de Actividades Sospechosas (RAS) elaborados por los Sujetos Obligados.
Informar al Ministerio Público sobre aquellos RAS que presenten posibles vínculos con delitos de LC/FT y resguardar aquellos que no presenten suficientes indicios, en caso de que surjan nuevos elementos de convicción para considerar procedente su presentación ante las mencionadas autoridades.
Cooperar con el Ministerio Público y con los Órganos de Investigación Penal Nacionales e Internacionales, en la búsqueda y tratamiento de información de inteligencia financiera para apoyarlos en sus investigaciones.
Intercambiar información con otras Unidades de Inteligencia Financiera miembros del Grupo Egmont y con autoridades policiales de otros países que tengan participación en las actividades de prevención y control de LC/FT y demás delitos asociados con la Delincuencia Organizada.
Cooperar con el adiestramiento de los inspectores de los Organismos de Tutela, Órganos de Investigaciones Penales, Ministerio Público, Tribunales y del personal de las Instituciones Financieras en el área de prevención, control y detección de operaciones de LC/FT y demás delitos asociados con la Delincuencia Organizada.
Representar a la Sudeban en eventos internacionales relacionados con las actividades inherentes a la naturaleza de las Unidades de Inteligencia Financiera.
Ejercer funciones de asesoría técnica de acuerdo con sus competencias a los Órganos de Policía de Investigaciones Penales, el Ministerio Público y Tribunales Competentes como expertos en la materia.
Establecer vínculos de cooperación de Organismos de regulación y supervisión bancaria de otros países.
Realizar Inspecciones Regulares y/o Especiales, In Situ o Extra Situ, a los Sujetos Obligados en materia de prevención y control de LC/FT.
Promover la suspensión de operaciones ilegales y no autorizadas, o aquellas que sean incompatibles con la naturaleza u objeto de la entidad, en las cuales impliquen riesgos en materia de LC/FT.
Solicitar la sanción administrativa a los Sujetos Obligados por incumplimiento a la Normativa Legal Vigente.
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