Trámites Administrativos

Para obtener el Registro de Proveedores de Empresas y/o Cooperativas, se debe dirigir a la sección del menú Formularios

Recaudos a consignar conjuntamente con la Planilla de «Solicitud de Calificación de Empresa» de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 2.095 del 13 de febrero de 1992, contentivo del Reglamento del Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y Sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 34.930 del 25 de marzo de 1992 en concordancia con lo dispuesto en la Decisión N° 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de fecha 21 de marzo de 1991, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.284 Extraordinario del 28 de junio de 1991.

Importante:

La calificación de empresa una vez emitida por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario tendrá vigencia hasta tanto no se modifique la proporción de capitales nacionales y extranjeros y el reflejo de los mismos en la dirección técnica, comercial, administrativa y financiera del Banco o Institución Financiera.

 

Requisitos:

* Planilla de «Solicitud de Calificación de Empresa» (Formulario N° PE-SBIF041/042007(3)), debidamente llenada y firmada por el representante legal de la Institución Financiera, con sus respectivos timbres fiscales.

* En caso de que el representante legal de la Institución Financiera no sea miembro de la Junta Directiva, copia del Documento Poder que lo acredite como tal.

* Copia del documento constitutivo actualizado y debidamente registrado del Banco o la Institución Financiera, donde se indique la composición accionaria vigente a la fecha de la solicitud.

* Fotocopia del ejemplar de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela donde aparezca el Decreto de Naturalización de los accionistas que hayan adquirido la nacionalidad venezolana o fotocopia de la cédula de identidad de cada uno de ellos.

* En el caso que existan entre los accionistas personas jurídicas constituidas en el país, Constancia de Calificación de Empresas de éstas emitidas por la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX) o por este Organismo si se trata de Bancos o Instituciones Financieras.

* Copia del Acta de Asamblea de Accionistas debidamente registrada, donde se designan los miembros de la Junta Directiva que se encuentran vigentes a la fecha de la solicitud.

* Registro de Información Fiscal (R.I.F.) del Banco o Institución Financiera.

* Cualquier otro documento que ese Organismo considere pertinente.

Recaudos a consignar conjuntamente con la Planilla de «Solicitud de Registro de Inversión Extranjera» en Bancos y/o Instituciones Financieras (Formulario N° PE-SBIF040/022007(2)), de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 2.095 del 13 de febrero de 1992, contentivo del Reglamento del Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y Sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 34.930 del 25 de marzo de 1992 en concordancia con lo señalado en la Decisión N° 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de fecha 21 de marzo de 1991, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.284 Extraordinario del 28 de junio de 1991.

Importante:

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Capitulo III «Del Régimen de la Inversión Extranjera Directa» del citado Decreto N° 2.095, las inversiones extranjeras deberán ser registradas dentro de los sesenta (60) días continuos siguientes a la fecha en que se inscriba en el Registro Mercantil que corresponda, al acto constitutivo del origen a la inversión extranjera respectiva.
En el caso de las inversiones realizadas en bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras, el mencionado registro se efectuará dentro de los sesenta (60) días continuos siguientes a la fecha de inscripción en el libro de accionistas. La inscripción en el libro de accionistas debe realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles bancarios siguientes contados a partir de la fecha en que se efectuó la transacción.

Requisitos:
* Planilla de «Solicitud del Registro de Inversión Extranjera» (Formulario N° PE-SBIF041/042007(2)), debidamente llenada y firmada por el representante legal de la Institución Financiera, con sus respectivos timbres fiscales.

* Documento Poder del representante legal del inversionista extranjero, otorgado a una persona residenciada en el país para actuar en su nombre, el cual debe señalar expresamente que dicha persona está autorizada para solicitar ante este Organismo el Registro de la Inversión Extranjera Directa del inversionista. Dicho Poder debe estar debidamente notariado y firmado por un abogado colegiado; en caso de ser en idioma distinto al castellano, debe estar legalizado y apostillado por ante el consulado de la República Bolivariana de Venezuela en el país de origen.

* Documento constitutivo del inversionista si es persona jurídica, traducido por un intérprete público, en caso de ser en idioma distinto al castellano, debidamente legalizado o apostillado por ante el Consulado de la república Bolivariana de Venezuela en el país de origen.

* Copia del documento constitutivo actualizado y debidamente registrado del Banco o Institución Financiera receptora de la inversión, donde se indique la composición accionaria del inversionista vigente a la fecha de la solicitud.

* Copia de las Actas de Asamblea de Accionistas debidamente registradas del Banco o Institución Financiera receptora de la inversión, desde el origen de la inversión hasta la fecha de la solicitud de registro, en las cuales se acuerden aumentos, reducciones o reposiciones de capital, en los casos en que fueren procedentes.

* Comprobantes que permitan evidenciar el ingreso de las divisas en el país, tales como, estados de cuenta bancarios, transferencias , notas de crédito y débitos correspondientes a los aportes realizados por el inversionista desde el origen de la inversión hasta la fecha de solicitud.

* Movimiento de las acciones del inversionista; es decir, comenzando por las acciones originalmente adquiridas, traspasos y/o ventas posteriores de ser el caso, hasta reflejar el número de acciones que posee a la fecha de la solicitud.

* Documentos y soportes que evidencien todos los traspasos de acciones efectuados por el inversionista, desde la fecha de origen de la inversión hasta la fecha de la solicitud, de ser el caso.

* Copia del libro de accionistas del Banco o la Institución Financiera receptora de la inversión, donde se evidencie la titularidad de las acciones por parte del inversionista, a la fecha de la solicitud.

* Constancia de Calificación de Empresa vigente del Banco o Institución Financiera receptora de la inversión.

* Cualquier otro documento que ese organismo considere pertinente.

NOTA:

En caso de haberse efectuado la transacción a través de la Bolsa de Valores, consignará, además de los recaudos señalados anteriormente, los comprobantes de compras o ventas de acciones expedidos por la Bolsa de Valores respectiva, a los fines de evidenciar el valor efectivamente pagado. Dichos comprobantes deben ser consignados desde el inicio de la inversión hasta la fecha de la solicitud, de ser el caso.

Recaudos a cosignar conjuntamente con la Planilla de «Solicitud de Registro de Inversión Extranjera» en Bancos y/o Instituciones Financieras (Formulario N° PE-SBIF040/022007(2)), de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 2.095 del 13 de febrero de 1992, contentivo del Reglamento del Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y Sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 34.930 del 25 de marzo de 1992 en concordancia con lo señalado en la Decisión N° 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena de fecha 21 de marzo de 1991, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.284 Extraordinario del 28 de junio de 1991.

Importante:

Las actualizaciones del Registro de la Inversión Extranjera Directa, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 2.095 debe presentarse, dentro de los ciento veinte (120) días continuas siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico.

En el caso de las inversiones realizadas en bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras, la actualización de la inversión se efectuará en forma semestral dentro de los ciento veinte (120) días continuos siguientes a la fecha de cierre de cada ejercicio económico.

Los recaudos que más adelante se señalan deben ser los correspondientes al período comprendido desde la fecha del registro o la última actualización ante este Organismo, según corresponda, hasta la fecha de la solicitud.

Requisitos:

* Planilla de «Solicitud del Registro de Inversión Extranjera» (Formulario N° PE-SBIF040/042007(2)), debidamente llenada y firmada por el representante legal de la Institución Financiera, con sus respectivos timbres fiscales.

* Documento Poder del representante legal del inversionista extranjero, otorgado a una persona residenciada en el país para actuar en su nombre, el cual debe señalar expresamente que dicha persona está autorizada para solicitar ante este Organismo el Registro de la Inversión Extranjera Directa del inversionista. Dicho Poder debe estar debidamente notariado y firmado por un abogado colegiado; en caso de ser en idioma distinto al castellano, debe estar legalizado y apostillado por ante el consulado de la República Bolivariana de Venezuela en el país de origen.

* Copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado del Banco o Institución Financiera receptora de la inversión, donde se indique la composición accionaria del inversionista vigente a la fecha de la solicitud.

* Copia de las Actas de Asamblea de Accionistas debidamente registradas del Banco o Institución Financiera receptora de la inversión, en las cuales se acuerden decretar dividendos, aumentos, reducciones o reposiciones de capital, en los casos en que fueren procedentes; así como, los comprobantes de retención de los impuestos correspondientes.

* Comprobantes donde se evidencie los nuevos aportes en efectivo de moneda extranjera, tales como, estados de cuenta bancarios, transferencias, notas de créditos y débitos correspondientes a los aportes realizados por el inversionista, de ser el caso.

* Copia del libro de accionistas del Banco o la Institución Financiera receptora de la inversión, donde se evidencie la titularidad de las acciones por parte del inversionista, a la fecha de la solicitud.

* Última declaración del Impuesto Sobre la Renta de la empresa receptora de la inversión.

* Constancia de Calificación de Empresas vigente correspondiente al Banco o Institución Financiera receptora de la inversión.

* Cualquier otro documento que ese organismo considere pertinente.

Nota:

En caso de haberse efectuado la transacción a través de la Bolsa de Valores, consignará, además de los recaudos señalados, los comprobantes de compras o ventas de acciones expedidos por la Bolsa de Valores respectiva, a los fines de evidenciar el valor efectivamente pagado. Dichos comprobantes deben ser consignados desde el inicio de la inversión hasta la fecha de la solicitud, de ser el caso.

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